Propiedad compartida por dos o más personas o entidades (Real Academia Española). Se da cuando un bien o un derecho le pertenece a varias personas, al respecto, el artículo 983 del Código Civil Federal establece que:
“Artículo 938.- Hay copropiedad cuando una cosa o un derecho pertenecen pro-indiviso a varias personas.”
Así, encontramos que el termino pro-indiviso se refiere a la situación en que se encuentra una cosa o un derecho, antes de ser dividida y repartida entre sus propietarios, por ejemplo la co titularidad de un inmueble entre varias personas.