Lunes, 17 Octubre 2016 16:50

Contribuyente

Escrito por
Valora este artículo
(0 votos)

Persona obligada por Ley al pago de un impuesto (Real Academia Española). Es el sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria, que se encuentra obligada al pago de contribuciones, al realizar actos o actividades que representan la hipótesis normativa y por tanto lo obligan al pago de la contribución.

Al respecto, el artículo 6° del Código Fiscal de la Federación, señala que:

“Artículo 6o.- Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran.

Dichas contribuciones se determinarán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causación, pero les serán aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan con posterioridad.”

En efecto, el artículo en cita establece que las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales, lo que implica que desde el momento en que una persona realiza un hecho o acto jurídico que se encuentre gravado por una Ley impositiva, se encuentra necesariamente obligado al pago de contribuciones.

Visto 10553 veces Modificado por última vez en Lunes, 17 Octubre 2016 16:52
Más en esta categoría: « Contribución Convenio Fiscal »