Cuota o cantidad que se paga para algún fin, y principalmente la que se impone para las cargas del Estado (Real Academia Española). Es el ingreso fiscal que recibe la Federación, Estados o municipios por parte de las personas físicas y morales, para cubrir el gasto público, cuando se colocan en las hipótesis de causación de la contribución.
Genéricamente se entiende como la carga unilateral establecida en Ley a cargo de los administrados de un Estado, y que se destina satisfacer el gasto público. Cabe mencionar que de conformidad con el artículo 2° del Código Fiscal de la Federación, las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.
Contribución de Mejoras: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3°, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, son definidas como las aportaciones establecidas en Ley, que efectúan las personas físicas o morales, que se ven beneficiados de manera directa por la realización de una obra pública, por ello los sujetos obligados al pago de la contribución de mejoras, son las personas físicas o morales que se beneficien en forma directa por las obras públicas.