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Importación

Acción de importar mercancías, costumbres, etc., de otro país (Real Academia Española). Introducción a territorio nacional de mercancías y prestación de servicios.

Impuesto: Tributo que se exige en función de la capacidad económica de los obligados a su pago (Real Academia Española). Gravamen exigible por el fisco sobre los ingresos, bienes y consumo de una persona física o moral.

Impuesto al activo (IA, IMPAC)

Gravamen aplicable a los activos de un contribuyente.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Es el impuesto causado por el porcentaje sobre el valor adicionado o valor agregado a una mercancía o, a un servicio, conforme se completa cada etapa de su producción, distribución y comercialización, o respecto del inicio o del cumplimiento del servicio prestado.

Impuesto sobre la Renta (ISR)

Es el impuesto que grava toda utilidad que genere un bien o una actividad y que constituya un incremento en el patrimonio del contribuyente, en un periodo fiscal determinado.

Índice nacional de precios al consumidor (INPC)

Es un factor que sirve para actualizar por el transcurso del tiempo a valor presente las contribuciones, aprovechamientos, así como las devoluciones a cargo del fisco, con motivo de los cambios de precios en el país, de bienes, servicios e inversiones. El cálculo de éste corresponde al Banco de México y se publica en el Diario Oficial entre los primeros diez días del mes siguiente. Cambio porcentual de los precios de los precios de diversos artículos en dos momentos.

Ingreso esporádico

Es el ingreso que se percibe de forma ocasional.

Ingresos

Caudal que entra en poder de alguien, y que le es de cargo en las cuentas (Real Academia Española). Son todos aquellos recursos que obtienen las personas físicas y morales por el uso de riqueza, trabajo humano, o cualquier otro motivo que incremente su patrimonio.

Ingresos acumulables

Es todo ingreso que perciban las personas físicas y morales y que se califica para determinar el impuesto sobre la renta.

Ingresos exentos

Son aquellos ingresos por que expresamente el contribuyente no se encuentra obligado al pago del impuesto.

Intereses

Provecho, utilidad, ganancia. Lucro producido por el capital (Real Academia Española). Provecho, rendimiento o utilidad que se obtiene del capital (dinero). En materia fiscal se encuentran equiparados a los recargos por mora esto es que se entienden en concepto de indemnización al contribuyente por efectuar una devolución fuera del plazo establecido por la Ley, generando con ello un beneficio económico para éste.