o pagó un impuesto de forma incorrecta, y resulta una cantidad a devolver, normalmente el trámite que es realizado por la empresa o contadores de la misma, tiende a resolverse porque faltaron algunos requisitos para la procedencia de la devolución.
El cliente usualmente repite el trámite de devolución que concluye con el mismo resultado y por ende, se inicia nuevamente la devolución invirtiendo mucho tiempo en ello.
Por lo anterior, si ante una devolución se lleva demasiado tiempo lo recomendable siempre es que ante la negativa de la devolución o sin en un plazo de tres meses no se contesta, presentar los medios de defensa correspondientes para demostrar la procedencia de la devolución, que al ser procedente, normalmente el Tribunal Fiscal ordena su devolución, pero con la característica que la misma proviene' de un juicio, se generan intereses moratorios a cargo de la autoridad, siendo muy provechoso para el cliente, ya que el tiempo que invirtió en dicha devolución fue compensada con intereses, lo que no ocurre si se presentan dos o tres veces la misma solicitud.