Dejar sin efecto una concesión, un mandato o una resolución (Real Academia Española). Dejar sin efecto un acto administrativo. Revoca quien emite una decisión, es propia del emitente de un acto o decisión.
Dejar sin efecto una concesión, un mandato o una resolución (Real Academia Española). Dejar sin efecto un acto administrativo. Revoca quien emite una decisión, es propia del emitente de un acto o decisión.